Calculadora de Impuesto a la Herencia en Chile 2026

Estima en segundos cuánto pagará cada heredero según la Ley 16.271, con tramos en UTM, recargo por parentesco y deducciones. Los resultados coinciden exactamente con la tabla que publicamos en nuestra guía completa del impuesto a la herencia.

Tus datos

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Suma del valor de propiedades, ahorros y otros bienes del fallecido.
Deudas comprobables del causante, hipoteca pendiente, gastos funerarios y de última enfermedad.
El cálculo asume reparto en partes iguales. Para escenarios con cónyuge sobreviviente el resultado real suele ser menor.
Hermanos, sobrinos o personas designadas por testamento sin lazo directo aplican el recargo del 20%.
Valor UTM usado: $67.000 CLP (abril 2026). Si el SII actualiza el valor, el cálculo varía proporcionalmente.

Resultado estimado

Basado en la tabla progresiva de la Ley 16.271.

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Impuesto total estimado
$0
Tasa efectiva: 0% sobre el acervo líquido
Acervo líquido$0
Asignación por heredero$0
Asignación en UTM0 UTM
Impuesto por heredero$0
Impuesto total$0

Desglose por tramo

Tramo (UTM)Monto en el tramoTasaImpuesto

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Estimación referencial. Esta calculadora aplica la tabla progresiva de la Ley 16.271 y reparte el acervo en partes iguales entre los herederos. El cálculo oficial lo realiza el SII vía Formulario 4423 y considera variables adicionales: porción conyugal, donaciones previas, recargos por parentesco más detallados, exención adicional del cónyuge (hasta 900 UTM) y deducciones particulares. Para tu caso concreto, te recomendamos consultar gratis con nuestro equipo.

Cómo funciona el cálculo

El impuesto a la herencia en Chile se calcula sobre la asignación individual que recibe cada heredero, no sobre el patrimonio total del causante. Esto significa que repartir entre más herederos suele reducir el impuesto total, porque las primeras 600 UTM (~$40,2 millones) de cada asignación están exentas.

Tabla de tramos (Ley 16.271)

Estos son los tramos progresivos aplicables a herederos directos (hijos, cónyuge, padres). Para herederos sin parentesco, cada tasa se incrementa en 20%.

Tramo (UTM)Tasa directoTasa sin parentesco
0 – 600 UTMExentoExento
600 – 1.200 UTM1%1,2%
1.200 – 2.400 UTM2,5%3%
2.400 – 4.800 UTM5%6%
4.800 – 9.600 UTM7,5%9%
9.600 – 19.200 UTM10%12%
19.200 – 38.400 UTM15%18%
Más de 38.400 UTM25%30%

Ejemplo verificable

Acervo líquido de $400.000.000, 2 hijos herederos, sin deducciones. Cada hijo recibe $200.000.000 (~2.985 UTM). El impuesto por hijo sale aproximadamente $4.370.000 CLP (65,25 UTM), idéntico al ejemplo de nuestra guía del impuesto a la herencia 2026. Si lo ingresas en la calculadora, deberías obtener el mismo resultado.

Qué no contempla esta calculadora

  • La porción conyugal: si hay cónyuge sobreviviente, su porción es mayor a la de cada hijo y tiene exención adicional de 900 UTM. La calculadora reparte por partes iguales, por lo que en este escenario sobreestima el impuesto.
  • Donaciones previas: lo donado en vida por el causante se acumula al acervo. La calculadora no lo suma automáticamente; conviene incluirlo en el campo "valor".
  • Recargos por parentesco intermedios: la ley distingue entre directo, colateral (hermanos, sobrinos) y extraños. La calculadora simplifica a directo vs sin parentesco (+20%), tal como nuestra guía.
  • Plazos y multas: el impuesto debe declararse en 2 años. Vencido el plazo se aplican multas (10-30%) e intereses. La calculadora solo estima el monto base.

Más recursos

Preguntas frecuentes

Se calcula sobre la asignación individual que recibe cada heredero, no sobre el total de la herencia. Se aplica una tabla progresiva regulada por la Ley 16.271, expresada en UTM, con tasas que van del 1% al 25%. Las primeras 600 UTM (~$40,2 millones) de cada asignación están exentas. Para herederos sin parentesco directo se aplica un recargo del 20% sobre cada tasa.

No, es una estimación referencial. Usa los tramos vigentes en 2026 y reparte el acervo en partes iguales entre los herederos. El cálculo oficial lo realiza el SII mediante el Formulario 4423 y considera variables adicionales como la porción conyugal, donaciones previas y deducciones particulares. Para tu caso concreto te recomendamos asesoría especializada.

Se pueden deducir las deudas comprobadas del causante (créditos, hipotecas, contribuciones impagas), los gastos de última enfermedad y los gastos funerarios. En esta calculadora, el campo "deducciones" suma todos estos conceptos y los resta del valor bruto para obtener el acervo líquido sobre el cual se calcula el impuesto.

Sí. El cónyuge o conviviente civil sobreviviente goza de una exención adicional de hasta 900 UTM sobre su porción conyugal, además del tramo exento general de 600 UTM. Esta calculadora simplifica el cálculo asumiendo reparto igualitario entre herederos. Para escenarios con cónyuge sobreviviente, los resultados reales suelen ser menores a los estimados acá.

Sin el certificado de pago (o de exención), el Conservador de Bienes Raíces no inscribirá las propiedades a nombre de los herederos, lo que impide venderlas o hipotecarlas. Además aplican multas del 10% al 30% del impuesto adeudado e intereses mensuales del 1,5%. En casos graves, el SII puede iniciar cobro ejecutivo a través de Tesorería. Más detalle en nuestra guía del impuesto a la herencia.

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